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“La práctica de la fertilización poscosecha no es una intervención obligatoria ni necesaria para todas las situaciones. Esta debe ser realizada sólo en aquellas plantaciones frutales donde, conforme a un diagnóstico riguroso, se necesite consolidar o aumentar las reservas, conforme al comportamiento y estado de cada plantación frutal”.
Se justifica su práctica en aquellas plantaciones frutales donde ha habido una muy alta carga frutal precedente, prácticas intensas de anillamiento y en general, condiciones de alto gasto de N orgánico (proteínas y aminoácidos) y de carbohidratos para sostener el ciclo productivo precedente.
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